15 actualizaciones de la ley Hipotecaria

La nueva Ley Hipotecaria puesta en vigor el pasado 17 de junio, trae consigo algunos cambios importantes para el mercado inmobiliario.

Para evitar futuros problemas en el sector inmobiliario llega con más de 3 años de retraso la nueva Ley Hipotecaria esta pretende ser más estricta para ofrecer una seguridad y estabilidad al sector capaz de evitar fluctuaciones acusadas en los precios de las mismas e incluso, frenar en la medida de lo posible vectores capaces de inducir burbujas inmobiliarias en un futuro no tan lejano.

Muchos expertos, aseguran que, al hacer esta ley más rigurosa se restringirá el acceso a la vivienda de jóvenes o personas con rentas bajas, sacrificio que se justifica con una mayor estabilidad en el sector.

Los 15 puntos clave de este cambio son los siguientes:

  • Ejecución hipotecaria: El embargo por deuda será tras un periodo de 12 meses (o alcanzar un 3% del total de la deuda) durante la primera fase del préstamo y de 15 meses (o un 7% de la deuda) durante la segunda fase de éste.

 

  • Subrogación: Desaparece la comisión por subrogación entre entidades bancarias, facilitando la compra de viviendas hipotecadas.

 

  • Amortización de préstamos: Bajan las comisiones por amortización anticipada (2% durante los 10 primeros años y 1,5% después). Incentivando de esta manera la liquidación temprana de deudas.

 

  • Novación: Si el hipotecado no está conforme con las condiciones de la hipoteca, podrá negociarlas sin ningún coste adicional por la gestión. 

 

  • Gastos de hipoteca: El cliente solo pagará la tasación, el resto de gastos a partir de ahora, deberán asumirlos las entidades bancarias.

 

  • Cláusulas suelo: Quedan totalmente eliminadas de los contratos hipotecarios.

 

  • Vinculaciones: Las entidades bancarias no podrán imponer productos complementarios o vinculados a quienes soliciten una hipoteca.

 

  • Intereses de demora: Ya no se suma el tipo de interés inicial para su cálculo.

 

  • Tasadoras: El cliente podrá elegir a los tasadores libremente.

 

  • Hipoteca verde: Las hipotecas que fomenten la eficiencia energética podrán inscribirse en cualquier momento del crédito hipotecario y no tendrán que pagar el impuesto AJD.

 

  • Evaluación: Las entidades podrán estudiar la solvencia de sus clientes antes de concederles un crédito pero el coste de este estudio deberá ser satisfecho por ellas mismas. 

 

  • Notario: El notario deberá cerciorarse de forma fehaciente de la comprensión del firmante.

 

  • Comisión de apertura: La comisión de apertura deberá abonarse en un solo pago e incluir todos los gastos derivados de: estudio, tasación, etc.

 

  • Borrador: Deberá hacerse un borrador del contrato hipotecario 10 antes de su instrumentación y las partes deberán dejar constancia de su lectura en profundidad.

 

  • Buenas prácticas: Las entidades de crédito deberán aplicar la normativa de buenas prácticas a todos los contratos celebrados de forma permanente.

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